"No tengo la intención de tratar aquí la cuestión de
la contingencia de las leyes de la naturaleza, que evidentemente es insoluble,
y sobre la cual ya se ha escrito tanto.
Sólo querría hacer observar cuántos sentidos diferentes se ha dado a esa
palabra contingencia y cuán útil sería
distinguirlos.
Si examinamos una ley particular cualquiera, podemos estar
seguros de antemano que no puede ser sino aproximada. En efecto, es deducida de
verificaciones experimentales y esas verificaciones no eran y no podían ser
sino aproximadas. Siempre se debe esperar que medidas más precisas nos obliguen
a agregar nuevos términos a nuestras fórmulas; es lo que ha ocurrido, por
ejemplo, con la ley de Maríotte.
Además, el enunciado de una ley cualquiera es forzosamente
incompleto. Este enunciado debería comprender la enumeración de -todos- los
antecedentes en virtud de los cuales un consecuente dado podrá producirse.
Debería describir primero -todas- las condiciones de experiencia por hacer y la
ley se enunciaría así: <<si todas las condiciones son cumplidas se
producirá tal fenómeno >>
Pero no se estará seguro de no haber olvidado -ninguna- de
esas condiciones , sino cuando se haya descrito completamente el estado del
universo en el instante -t-; en efecto, todas las partes de ese universo pueden
ejercer una influencia más o menos grande sobre el fenómeno que debe producirse
en el instante -t+dt-.
Ahora bien, es claro que una descripción semejante no
podría hallarse en el enunciado de la ley. Por otra parte, si así fuera, la ley
se volvería inaplicable; si se exigieran a la vez tantas condiciones, habría
muy poca probabilidad de que en algún momento fuesen realizadas todas.
Entonces, como nunca se estará seguro de no haber olvidado
alguna condición esencial, no se podrá decir: <<si se realizan tales y cuales
condiciones se producirá tal fenómeno>>; solamente se podrá decir:
<<si tales y cuales condiciones se realizan, es probable que tal fenómeno
se producirá aproximadamente>>."
Henri Poincaré (El Valor de la Ciencia)
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